Ayudas para la acción y la promoción cultural 2023
Las ayudas para la acción y la promoción cultural tienen por objeto la modernización y profesionalización del sector cultural y creativo a través de actividades y proyectos específicos que contribuyan a la consecución de las siguientes finalidades:
a) Fomentar el uso de las nuevas tecnologías en la creación y difusión de contenidos, productos y servicios culturales.
b) Incrementar la profesionalización de las industrias culturales y creativas y su capacidad para generar empleo potenciando la formación, así como mejorar la igualdad de género en las Industrias Creativas y Culturales.
c) Fomentar la internacionalización de la cultura española y su inclusión en redes europeas de oferta cultural, potenciando a España como destino turístico cultural.
d) Estimular la participación del sector privado en la financiación de proyectos culturales, fomentar el mecenazgo cultural, la integración, la vertebración, las asociaciones sectoriales y las redes dentro del sector cultural.
e) Favorecer los vínculos y la cooperación y comunicación cultural entre las Comunidades Autónomas; o contribuir al equilibrio territorial de la oferta cultural en España, especialmente a través de proyectos en el medio rural.
f) Favorecer la diversidad cultural, así como impulsar la proyección social de la cultura y la sostenibilidad medioambiental, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
1. Las personas jurídicas de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que tengan su residencia fiscal en España y se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. Quedan excluidas las personas físicas, las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, las entidades con ánimo de lucro, así como las agrupaciones de interés económico (A.I.E.) y las uniones temporales de empresas (U.T.E.).
3. Los beneficiarios no podrán obtener ayudas en más de tres convocatorias consecutivas.
Convocatoria completa: https://acortar.link/mXhT8O
Extracto de la convocatoria en el BOE: https://acortar.link/mXhT8O
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