El TJUE ve contrarias al derecho europeo 2 normas FIFA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que algunas normas de la FIFA en materia de traspasos de futbolistas son contrarias al derecho europeo, porque obstaculizan la libre circulación y restringen la competencia entre los clubes y no parecen indispensables o necesarias.
En concreto se refiere al pago de una indemnización por parte del nuevo club del futbolista, cuando se haya rescindido unilateralmente su anterior contrato; así como a la imposición de sanciones por incumplir este precepto y a la posibilidad de que las federaciones denieguen el certificado de transferencia mientras dure el pleito.
El tribunal se pronunció así a propósito de un caso relativo al francés Lassana Diarra, exfutbolista del Chelsea, Arsenal, Real Madrid y París Saint-Germain, entre otros, que impugnó parte de la normativa aplicable a las relaciones contractuales entre jugadores y clubes del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ) de la FIFA.
En concreto la referida a los casos de litigio entre un jugador y un club ante la resolución unilateral de un contrato, que establece que el futbolista y el club que quiere contratarlo son solidarios del pago de cualquier indemnización adeudada a su antiguo club. La normativa prevé que pueden imponerse sanciones deportivas y económicas al jugador y a su nuevo club en caso de incumplimiento.
Diarra fichó por el Lokomotiv de Moscú en 2013 y, un año después, el club resolvió el contrato tras alegar un supuesto incumplimiento y la «resolución del contrato sin causa justificada».
El Lokomotiv solicitó una indemnización ante la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA, que le dio la razón y fijó una cantidad de 10 millones de euros, y el centrocampista respondió reclamando el pago de los salarios a un tribunal belga en Charleroi, que condenó a la FIFA y a la Federación de Bélgica al pago de un importe provisional de 60.001€.
La FIFA recurrió al Tribunal de Apelación de Mons que se dirigió a su vez al Tribunal de la UE. Esta instancia preguntó al tribunal europeo si las normas de la FIFA son conformes con la libre circulación de los trabajadores y con el derecho de la competencia.
Las normas FIFA obstaculizan la libre circulación de futbolistas
Los jueces comunitarios resuelven ahora que estas normas «pueden obstaculizar la libre circulación de los futbolistas profesionales que desean progresar en su carrera y trabajar para un nuevo club«, porque implican «que los jugadores y los clubes que deseen ficharlos queden expuestos a riesgos jurídicos importantes, a riesgos económicos imprevisibles y potencialmente muy elevados».
También agregan que quedan expuestos «a riesgos deportivos serios que, considerados en su conjunto, pueden obstaculizar la transferencia internacional de esos jugadores».
El TJUE concede que las restricciones a la libre circulación de futbolistas pueden estar justificadas por «el objetivo de interés general consistente en garantizar la regularidad de las competiciones de fútbol entre clubes, manteniendo un cierto grado de estabilidad en las plantillas de los clubes de fútbol profesional».
Pero para el caso de Diarra matiza que «las normas en cuestión parecen, ir más allá, en múltiples aspectos, de lo necesario para la consecución de ese objetivo».
La FIFA, «satisfecha» porque se avala la mayor parte de su reglamento
Pese a esta sentencia, FIFA se ha mostrado «satisfecha» porque considera que se ha avalado la legalidad de los principales aspectos de su reglamento de transferencia de jugadores
«La FIFA toma nota de la resolución emitida hoy en relación con el caso del jugador Lassana Diarra. La FIFA está satisfecha de que la legalidad de los principios clave del sistema de transferencia haya sido confirmada con el fallo de hoy, que solo pone en cuestión dos párrafos de dos artículos del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores», han señalado a EFE fuentes de la FIFA.